El spam, mensajes no solicitados, era hasta hace relativamente poco un concepto limitado a las comunicaciones a través de Internet y en concreto, a través de correo electrónico (“mailing”). Estas prácticas comerciales por vía electrónica ya fueron tenidas en cuenta en el Título II de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. Al año siguiente, la redacción del Art. 21 de dicha norma, se modificó conforme a la disposición final primera de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones: “Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas. [...]“.

Con motivo del abaratamiento de las comunicaciones, el spam llegó también a la telefonía. La publicidad telefónica, en un momento próspero, ha generado el spam telefónico y es frecuente recibir llamadas no deseadas a horas insólitas que provocan confusión y/o indignación entre los receptores. No es tanto la publicidad en sí, como las formas, los horarios, o la manera en que se lleva a cabo la campaña lo que convierte la práctica comercial en agresiva. Gracias a las nuevas tecnologías como la tecnología de Voz sobre IP, (VoIP) y a través de un software que ejerce la función de marcador automático y “predictivo”, es posible realizar un plural desorbitado de llamadas en busca de posibles clientes. Estas prácticas pueden modificar el comportamiento económico de los consumidores e inducir a error a los destinatarios en temas como la asistencia post-venta a la vez que suponen acoso en la media en la que no fueron permitidas.

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 22 de diciembre la ley que prohíbe el spam telefónico y otras prácticas comerciales agresivas trasladando al ordenamiento jurídico español dos disposiciones del Parlamento Europeo y del Consejo: la Directiva 2005/29/CE relativa a prácticas comerciales desleales, y la 2006/114/CE, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa. Esta norma cambia el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad ilícita. A su vez, aumenta la seguridad de los consumidores en tanto en cuanto el spam telefónico, al ser una conducta tipificada de agresiva y desleal, es perseguible. Respecto a esto último busca proporcionar garantía jurídica a las empresas que compiten legítimamente en el mercado.

Publicada en el BOE del 31 de diciembre de 2009, la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios, introduce modificaciones en cuatro leyes generales: Modificación de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal (Artículo primero); Modificación de Ley General de Publicidad (Artículo segundo); Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (Artículo tercero); y la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (Artículo cuatro).

Con esta Ley se establece un régimen jurídico unitario para todos los actos de engaño y para las prácticas agresivas, y se exige el mismo nivel de corrección con independencia de que los destinatarios de las actividades comerciales, sean consumidores o empresarios. Para combatir todo el tipo de prácticas señaladas, el nuevo texto legal prevé la posibilidad, de emprender, entre otras, acciones de cesación del acto o prohibición de reiteración, de rectificación y de resarcimiento de daños por parte de los afectados y las autoridades competentes.

Hasta ahora asociaciones españolas vinculadas al marketing directo aseguraban tener en cuenta la Directiva 2005/29/CE en un código deontológico. Si bien, la nueva legislación da una mayor cobertura y unidad que evita las prácticas comerciales desleales sobre todo de aquéllas compañías de telemarketing que no seguían las recomendaciones europeas. En este sentido y con carácter preventivo, la Ley 29/2009 prevé un nuevo capítulo, el V, a la Ley de Competencia Desleal destinado a regular los códigos de conducta entre las organizaciones empresariales y profesionales que ayuden a controlar las prácticas publicitarias desleales de las empresas y a elevar el nivel de protección de los consumidores. Las organizaciones de consumidores también se tendrán en cuenta en la elaboración de esos códigos que, obviamente, han de respetar la normativa de defensa de la competencia. Por otra parte se les dará una publicidad suficiente para que lleguen debidamente a sus destinatarios. Finalmente y para asegurar el cumplimiento eficaz de los compromisos asumidos por las empresas adheridas, estos sistemas de autorregulación asignarán órganos independientes de control y establecerán sistemas eficaces de extrajudicial de reclamaciones que cumplan los requisitos establecidos por la normativa comunitaria.

Esta ley sale al paso de las cada vez más numerosas reclamaciones de consumidores ante prácticas comerciales abusivas. En vigor desde el 1 de enero de 2010, las empresas y profesionales disponen de dos meses para tener en funcionamiento los medios necesarios que permitan dejar constancia de la negativa de los consumidores a seguir recibiendo propuestas comerciales de dicho empresario o profesional. En el sector se preveía que sería antes del mes de marzo cuando resulte de aplicación práctica real. Ya estamos en febrero así que vamos a ver si esos dos meses nos aportan un poco de seguridad jurídica a la hora de coger el teléfono. Mientras los cursos de los teleoperadores cambian radicalmente a prácticas menos agresivas, al menos, los destinatarios de la publicidad ya tenemos opción real al NO, GRACIAS.

Una vez que se ha conocido la concreta plasmación sobre la protección de la propiedad intelectual en Internet recogida en la D.A. 1ª del Proyecto de Ley de Economía Sostenible, aprobado el pasado día 8 de enero de 2010 por el Consejo de Ministros, han seguido proliferando las opiniones y glosas variopintas a la regulación adoptada por el Gobierno.

Dado que la brevedad del espacio obliga a la concreción, me limitaré a intentar desvirtuar lo que creo es un enfoque grave en el planteamiento de la cuestión que se repite en casi todas las opiniones que he podido leer.

Se oyen muchas voces en contra de que se otorgue a la propiedad intelectual, un derecho privado y de naturaleza patrimonial, un status de protección reforzada, al modo de la protección dada al orden público, la seguridad pública, defensa nacional, la salud o la infancia, y los derechos fundamentales. Siguiendo con el mismo razonamiento, no se entiende cómo se tutela por un órgano administrativo, cuyo control se somete a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Creo que este es un error de planteamiento grave, ya el interés protegido supera con creces los meros intereses patrimoniales de los titulares de derechos.

Con las cifras de Piratería que se manejan (por poner algún dato, la industria musical ha bajado un 60% su facturación, en informática hay una penetración de un 55% de piratería…), esas Industrias Culturales, que representan algo más del 5% del P.I.B. y que dan trabajo a un 2,5% de la población activa, están claramente desprotegidas, en recesión y en fase de desinversión.

No sé si ingenua o intencionadamente, se nos quiere hacer creer que se intenta proteger a los titulares de derechos, con la vanalización de personalizarlos en “personajes” concretos (“los de la ceja”, por ejemplo), cuando esto dista mucho de la verdad.

Lo cierto es que, cuando alguien organiza una empresa legalmente y otra persona puede sustraer ilegalmente sus contenidos y organizar un negocio paralelo a coste cero o mínimo, se pone en entredicho la seguridad del tráfico económico, y eso es algo inconcebible en un Estado de Derecho.

El bien jurídico protegido, por lo tanto, no son los derechos patrimoniales individuales, sino la misma seguridad del comercio, que no es ni más ni menos que una cuestión de orden público.

En España tenemos una larga tradición de protección legal del comercio, que, bajo el nombre de “paz del mercado”, se extendió desde el Fuero de León de 1017 a los demás Fueros medievales. Los mercados medievales y los caminos que permitían el acceso a los mismos, se colocaron directamente bajo la protección del Rey. Y así ha venido siendo desde entonces hasta hace unos años.

La protección del comercio es una cuestion de ORDEN PÚBLICO, por encima de los intereses particulares, porque se refiere, ni más ni menos, al normal funcionamiento de las instituciones, a la paz social y a la seguridad jurídica.

Citamos, a modo de ejemplo, la definición de orden público dada por el Tribunal Constitucional:

STC de 12 diciembre 1994: En definitiva, tal seguridad se bautizó ya en el pasado siglo con la rúbrica del “orden público”, que era concebido como la situación de normalidad en que se mantiene y vive un Estado, cuando se desarrollan las diversas actividades colectivas sin que se produzcan perturbaciones o conflictos. En definitiva, el normal funcionamiento de las instituciones y el libre y pacífico ejercicio de los derechos individuales según lo definía la Ley homónima 28 julio 1933, durante la Segunda República. Tal era el sustrato, también, de la que con la misma rúbrica y finalidades había promulgado el 23 abril 1870, bajo la Constitución de 1869.

STC de 16 de septiembre de 2002: “El orden público está integrado por todas aquellas normas de interés público, que son de cumplimiento incondicional, que no pueden ser derogadas por las partes y, en las cuales el interés general de la sociedad y del estado supedita el interés particular, para la protección de ciertas instituciones que tienen elevada importancia para el mantenimiento de la seguridad jurídica (…).”

Desde la aparición de las autopistas de la Información, los caminos por los que circulan las mercancías susceptibles de ser digitalizadas ya no son físicos, y, por lo tanto, se hacen más difíciles de proteger. Del tradicional delito individual y aislado contra la propiedad analógica, se pasa a una defraudación masiva de la propiedad digital, que se generaliza y resulta imposible de perseguir individualmente. Esta masificación transciende el interés particular y se convierte en una cuestión del orden público, incluso supranacional, ya que los titulares últimos son mayoritariamente extranjeros, lo que nos hace responsables ante nuestros socios comunitarios y comerciales. Esto justifica sobradamente la protección del Estado y el recurso a la vía administrativa.

YA ERA HORA!!!!

…. sí señor Ministro: sus y a ellos!  

Llevaba yo el otro día dos horas tirada en Gatwick como una colilla de cuando se fumaba, y, con mirada muy triste perdida en el horizonte de ese espacio llamado “la cafetería”, me preguntaba:

QUO USQUE TANDEM “Controleitors” ABUTERE PATIENTIA NOSTRA… Hasta cuándo vamos a tener que soportar ser secuestrados por una panda de insolidarios que ni siquiera tienen narices para hacer una huelga con luz y taquígrafos y en su lugar, y según me cuenta el personal de vuelo,  llaman para decir que están malitos y que su mamá no les deja ir a trabajar?

Conclusión, el resto de los mortales que sudamos la camiseta para arañar un puñado de euros a la vida que nos permita ir tirando en este año tan oscuro, nos tenemos que pasar para ir a una reunión a Londres, 5 horas de espera en la ida y 2 a la vuelta del día siguiente. El resto de trabajadores, de Aena o de las compañías, harto de llevarse broncas, ya no cargan con sus culpas, y lo dicen abiertamente: los controladores están haciendo huelga encubierta… y las pistas de Barajas cerradas porque los “pobres” (EJEM, EJEM, EJEM) es posible que hayan llamado diciendo que están pochitos….

Pero, de repente, cuando la indignación no podía ser mayor, sobre todo porque estamos en un momento triste, en el que mucha gente está muy harta de aguantar muchas cosas, al común de los mortales les va mal, y se tienen problemas auténticos, no como los de estos tipos insolidarios …. y como cantaba Carlos Puebla:  SE ACABÓ LA DIVERSIÓN, LLEGÓ PEPE BLANCO Y MANDÓ A PARAR…

Por lo tanto, como diría Fraga “hay que decirlo”.

Y yo lo digo: Gracias, señor Ministro.

Internet es una nueva revolución industrial. Los contenidos digitales y el comercio electrónico se han posicionado de tal forma que suponen una nueva concepción de consumo, de la comunicación y en definitiva, otra forma de ver el mundo. Su mayor logro es que domina elementos que son los mayores enemigos del resto: espacio y tiempo.

Atendiendo a las fechas y a esta tecnología que nos permite compartir lo que nos gusta, antes de seguir con nuestros temas, os felicitamos el año.

SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Internet ha estado en el último año en boca de todos y seguirá. A finales del año que despedimos se desató la polémica por el intento de regular el control sobre descargas ilegales. Recordamos que al conocerse los detalles del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible en diciembre, la alarma social se difundió como la pólvora ayudada por los medios de comunicación e Internet. Respaldados en una ley que nada tenía que ver, en principio, con la salvaguarda de la Propiedad Intelectual si no era por la forzada disposición final primera que sembró el caos, internautas y usuarios se lanzaron a la protesta. Tras un aluvión de comentarios y críticas, nosotros escribimos nuestro post y Zapatero salió al paso precipitadamente asegurando que no se cerrarían páginas sin una orden judicial. (…)

Ahora las medidas para luchar contra la piratería que prevé la Ley de Economía Sostenible se presentarán en el primer Consejo de Ministros del año, el viernes día 8 de enero. El proceso sigue adelante y la controvertida disposición adicional, con algunos cambios técnicos, según se ha indicado, también. (…)

Será la futura Comisión de Propiedad Intelectual la encargada de recibir y tramitar las denuncias de los propietarios de los derechos de autor vulnerados y de presentar la petición de medidas cautelares ante el juez. El procedimiento a seguir combina un proceso administrativo con la asegurada autorización judicial.

PROCESO ADMINISTRATIVO

- La Comisión de Propiedad Intelectual recibe la denuncia de los propietarios de derechos, estudia el caso y comprueba si se están infringiendo derechos de propiedad intelectual.

- Seguidamente notificará a la web la denuncia y los responsables tienen un plazo para presentar alegaciones.

- Si éstas carecen de fundamento o no son suficientes, la Comisión notificará oficialmente a la web que desaloje los archivos de los que está haciendo un uso ilícito y le dará un plazo para ello, dando por finalizado el proceso administrativo. Las páginas web que voluntariamente retiren los contenidos protegidos por derechos de autor que hayan colgado en Internet sin autorización no serán penalizadas con ninguna sanción. Esta es una de las garantías que se quiere otorgar a las web en el procedimiento que prepara el Gobierno para regular las descargas de Internet.

PROCESO JUDICIAL

- Si no hay rectificación, entonces la Comisión podrá solicitar ante el juez medidas cautelares que consistirán en “la interrupción de la prestación de los servicios de alojamiento o almacenamiento de datos” en el caso de páginas nacionales (es decir, el cierre), o el bloqueo a sitios web extranjeros con contenido ilícito que deberán llevar a cabo los operadores nacionales de acceso a Internet. En esta fase judicial del caso, los plazos se reducirán al mínimo.

- El juez no entra en el fondo del asunto (¿?). Sólo decide si la Comisión es pertinente para pedir el cierre de la web en cuestión, y si con ésta no se vulnera algún derecho fundamental, como por ejemplo, el derecho a la información o a la libertad de expresión (si es que procede, entiendo). Desde que la Comisión lleve al juez el caso hasta que éste ordene o deniegue medidas cautelares transcurrirán días, pero, en cualquier caso, menos de un mes. Ambas partes podrán dilucidar luego, en un procedimiento judicial ordinario, el fondo del asunto.

Se pretende introducir este mecanismo en un reglamento que desarrolle la disposición final de la Ley de Economía Sostenible. En el reglamento se fijarían además los plazos definitivos y la composición y funciones de la Comisión de Propiedad Intelectual. Teniendo en cuenta que los reglamentos no pasan por el Parlamento hay quien no aprueba que no sea en la propia Ley la que desarrolle y garantice el procedimiento.

Así lo indican los medios de comunicación. Así advertimos que estamos muy pendientes de lo que vaya pasando porque actualmente con tanta información no exacta se nos ocurren muchas preguntas a las que aún no encontramos respuesta. En la página web, el anteproyecto no presenta variación alguna en este sentido. (…)

Apuntar que también este viernes, y con algo de retraso respecto a la fecha prevista, se presentarán las conclusiones realizadas por al Comisión Interministerial creada para luchar contra la piratería. Sus conclusiones son producto de las aportaciones y sugerencias de los diversos sectores afectados, entre ellos la Coalición de Creadores.

Ya que el Gobierno ha aplazado hasta el último Consejo de Ministros la presentación de las conclusiones de la comisión interministerial sobre la lucha contra las descargas no autorizadas y se respira la Navidad en el Despacho. Mientras apenas hay ecos de las opiniones de unos y otros al respecto de las descargas y los derechos de Internet, mientras España vuelve a la “normalidad” y se derrite la nieve, le dedicamos un poco de tiempo a ese “un poco de cine” que anuncia nuestro Blog.

Después de ver, tras esperar ansiosamente, “Avatar“, repetiría eso de “God bless America“. Sin embargo no es del todo acertado porque el director que ideó y perfeccionó esta obra de Arte es el canadiense, James Cameron. Por otra parte el equipo que hizo posible esta maravilla parecía, en los títulos de créditos, universal a la par que infinito. Será entonces un oda a las nuevas tecnologías y como no, al trabajo en equipo.

Los 162 minutos de película son un puro disfrute de tecnología 3D futurista y preciosa que sin duda marca un antes y después en la Historia del Cine. Se ven amortizados los quince años de planificación, un presupuesto de 300 millones de dólares y la extraordinaria estrategia de promoción. A pesar de que este estreno podría haber creado una expectación difícil de satisfacer, el visionario James Cameron puede estar seguro de su victoria. En EEUU la taquilla fue un éxito y se cree (aún pendientes de resultados oficiales) que las taquillas españolas siguieron la tendencia arrolladora. La cinta de ciencia ficción más esperada, y más cara, te somete a un ejercicio de asombro audiovisual que es el espectacular planeta Pandora.

En el año 2154 la raza humana descubre la existencia de un valioso mineral en Pandora, llamado unobtainium, capaz de acabar con la escasez de recursos energéticos en la Tierra. Como no, los humanos se lanzan a su estratégica y eficiente explotación pero con importantes obstáculos ya que el aire de Pandora es tóxico para los humanos, y la raza nativa, los Na´vi, pertenece a su territorio. En esta encrucijada nace un proyecto científico que crea los “avatares”, individuos híbridos conseguidos a partir de una mezcla de ADN humano y Na´vi.

En medio de la belleza visual de la película, la acción llena de detalle, los efectos especiales de última generación… se tratan temas políticos y sociológicos candentes: los efectos del cambio climático, la expoliación de los recursos naturales y el continuo deseo humano de expandir su territorio. Además de esto, hay quien defiende que en algunos momentos en los que la pantalla se llena de terror combativo se intuye una cierta sátira y crítica a la guerra de Irak.

En este hito de la ciencia ficción, se aprecian maravillas de la técnica que se usan como novedad en esta película. La mayor particularidad técnica es que la película se rodó por completo en un estudio, con los actores cubiertos de sensores y cámaras que hicieron posible que la imagen que aparece en la pantalla -creada por ordenador- se corresponda al cien por cien con los movimientos de sus protagonistas. El diseño de las criaturas extraterrestres es excelente y muy estético mientras destierra por completo las interminables horas de maquillaje a las que hasta ahora se venían enfrentando los actores en un rodaje de estas características. Brillante.

El resultado es sencillamente espectacular de principio a fin. Por supuesto y como no podía ser de otra forma el clímax llega al final con una grandiosa y espléndida batalla épica entre el Bien y el Mal (los Na´vi y los humanos, respectivamente) digna de lo que será un clásico del Séptimo Arte. Al margen de las estatuillas, es un ejercicio de excelente trabajo y verdadero talento.

Apunte interesante: Se cree que debido a la singularidad de la técnica y por ser una película tridimensional es menos vulnerable ante la piratería. Esta sí que es una original “lucha” contra la piratería. Y es que se puede piratear la película pero no la experiencia.

La Policía Nacional lleva a cabo la mayor operación policial contra la Piratería cinematográfica “SCREENER” a nivel europeo, y detiene a 4 personas.

Las investigaciones fueron iniciadas tras la interceptación por parte de los empleados de una Sala de Proyección Cinematográfica de Alicante, de uno de los ahora detenidos, cuando estaba grabando una reproducción cinematográfica de estreno, con un equipo grabador de alta definición.

Realizaban las grabaciones de las obras cinematográficas de estreno en Salas de Cine de Alicante, en las proyecciones de horario de baja audiencia. Posteriormente ponían los archivos a disposición de los usuarios de Internet, sin permiso de los legítimos propietarios de la obras audiovisuales, utilizando una o varias páginas webs en las que se publicaba el enlace a la descarga, siendo estos archivos de gran calidad, y ofreciendo multitud de obras cinematográficas, videojuegos y programas sofware, para su descarga.

Todas las páginas webs están relacionadas entre sí y se podían actualizar desde el ordenador intervenido, encontrándose todas ellas abiertas y operativas, ofreciendo siempre los últimos estrenos y ofertando la descarga el mismo día que se estrenaba la película en cines, apenas unas horas después y con una calidad similar a la del original.

Por el contenido de los ordenadores intervenidos, se ha conocido que tenían contratados servicios hosting en servidores en el extranjero: Francia y Alemania, quedando acreditado en el momento de realizarse la entrada y registro domiciliario, que los ordenadores tenían acceso para controlar de forma remota otros trece terminales.

Se calcula que han copiado y difundido CIENTOS de títulos de reciente estreno en 2009, efectuándose unas 10.000 descargas de cada uno, calculándose un perjuicio económico por valor aproximado de 5.000.000 de euros. 11-12-2009, Se calcula que han copiado y difundido CIENTOS DE PELICULAS, de títulos de reciente estreno, de las que se efectuaron unas 10.000 descargas de cada título, con los últimos estrenos cinematográficos del 2009, calculándose un perjuicio económico por valor superior a los 5.000.000 de euros.

En el desarrollo del operativo policial se han practicado dos registros domiciliarios, con la correspondiente autorización judicial, desmantelado un laboratorio, dotado de todo tipo de medios técnicos, usados previa grabación ilícita de obras cinematográficas de estreno en Salas de Cine, y posteriormente publicitadas y comercializadas a través de Internet, anunciándose a través de diversas páginas WEB, utilizando diferentes denominaciones, habiéndose intervenido diverso material informático: – 3 ordenadores de sobremesa y 1 portátil. – 1 videocámara de alta definición. – 1 minidisk, con la grabación del sonido de las películas – Numerosa documentación y facturas acreditativas de los ingresos percibidos en conceptos de publicidad.

Los cuatro detenidos son puestos a disposición de los Juzgados de Instrucción competentes por el lugar de detención.

 

Ayer, mientras la Ley de Economía Sostenible “sorprendía” a los bandos interesados y enfrentados en la gestión de contenidos en Internet, descubrí en la calle un anuncio de una de las operadoras de acceso que anuncia sus tarifas e invoca “Tienes derecho a Internet”. No dejó de parecerme muy acertado el invocar al derecho para ganar la atención de aquéllos expectantes con la lucha por el control de las descargas en Internet. Muchas veces, durante el transcurso de una discusión, de repente, “el derecho a _” puede zanjar el asunto sin que haya una razón de peso legítimamente argumentada que justifique tal derecho. Se suele invocar al derecho para reivindicar lo que haga falta y para convertir opiniones en verdades.

Ayer, el Ministerio de Cultura, cuando el pulso entre la industria de contenidos y las ISP (las operadoras de contenidos) estaba ya casi “olvidado”, en virtud de su derecho, dio un paso adelante e introdujo la modificación de dos leyes fundamentales en la disposición final primera de la versátil Ley de Economía Sostenible para la “salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual: La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) y la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

La modificación de las dos leyes citadas sale al paso de la necesaria protección de la propiedad intelectual frente a la piratería en Internet. El artículo 8.1 de la LSSI prevé cuatro motivos que hasta ahora permitían restringir y, en su caso, interrumpir la prestación del servicio. Son la investigación penal y la seguridad nacional; la salud pública; la dignidad de la persona y la protección de la infancia. La modificación más relevante y polémica es la introducción de un nuevo motivo: la “salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual” que también permitirá restringir, y en su caso, interrumpir la prestación del servicio, aunque tal medida siempre será tomada por la autoridad competente.

Al igual que ya pasó en otros países, la discusión se centra en quién tiene el derecho de decidir el restringir o interrumpir los servicios en Internet. Recientemente, el Parlamento Europeo aprobó por unanimidad la directiva del Paquete Telecom que da libertad a los Estados para decidir si la regulación de las descargas se realiza por un procedimiento administrativo o judicial. Francia, en su Ley Hadopi, ya había previsto un organismo administrativo con potestades para perseguir a los internautas que realicen descargas de archivos protegidos. Si en Estrasburgo se retiraba el requisito de la intervención judicial previa… ¿Qué pasaría en España?

En España la encargada de la salvaguarda de los derechos de autor en Internet será una comisión de ámbito nacional integrada por expertos independientes que dependerá funcionalmente del Ministerio de Cultura. Tendrá entre tres y cinco miembros, que serán elegidos con la participación de otros departamentos como el Ministerio de Industria. Se llamará Comisión de Propiedad Intelectual y tendrá unos poderes hasta ahora inéditos para un órgano administrativo, puesto que tendrá potestad de bloquear las páginas web que alojen o faciliten sin permiso enlaces de archivos sujetos a derechos como películas, canciones y videojuegos. Perseguirá las páginas web tanto de descargas directas como de programas p2p de intercambio de archivos pero no perseguirá a los internautas particulares que realicen esas descargas. La tutela judicial del proceso, queda al menos en entredicho, en el caso del bloqueo de las web, que será decidido en primera instancia por la citada comisión. Aunque la intervención de un juez puede ser necesaria en ocasiones, será la Comisión quien valore esa opción.

Para detectar las web que vulneren la ley, podrá solicitar a las compañías de acceso a Internet (Telefónica, Jazztel, Vodafone, Orange y operadores de cable) los datos que considere oportunos para su identificación y estas operadoras estarán obligadas a ofrecérselos. Para ello el anteproyecto introduce un nuevo apartado en el mismo artículo de la LSSI en el que se otorga a los “órganos competentes” la capacidad para requerir a los operadores los datos -y la obligación de éstos a facilitarlos- que permitan la identificación de quien esté realizando la conducta vulneradora. Con esta modificación legislativa se pretende centrar la persecución de las web de enlaces.

Con la información, se comprueba el uso ilícito de contenidos sujetos a derechos y remitirán varios avisos para que cesen en su conducta. En caso de no hacerlo, podrán solicitar el bloqueo de la web o la retirada de contenidos de la misma. Los responsables de las páginas denunciadas tendrán derecho a ser oídos y a la presunción de inocencia, informaron en fuentes de la Comisión Interministerial.

El corte de la conexión se ha erigido como el mayor punto de fricción entre internautas y creadores. Así es que la reacción de los profesionales de la red no se hizo esperar. Periodistas, blogueros, responsables de páginas web, profesionales y creadores de Internet ya suscribieron un manifiesto En defensa de los derechos fundamentales en Internet que se se ha colgado desde las nueve de esta mañana en blogs especializados en tecnología, asociaciones y comunidades de internautas, webs de diarios y otros medios de comunicación. Rechazan la nueva legislación prevista en la Ley de Economía Sostenible, y la creación de la comisión administrativa dependiente del Ministerio de Cultura a la que ya denominan “policía cultural”.

Otro manifiesto, La música es cultura, la música es empleo”, firmado por 2.500 profesionales del sector de la música y músicos de todos los estilos pide al Gobierno “responsabilidad” y “seguridad jurídica” para un sector que es industria. Ayer, tras una reunión con el ministro de Industria, Turismo y Comercio, representantes del sector se manifestaron con la lectura de dicho manifiesto y guardando un minuto de silencio por la “defunción” de la música. Exigen al Gobierno que les tenga en cuenta y reclaman medidas “concretas y urgentes”.

Hace una semana, Viviane Reding, la comisaria de la Sociedad de la Información, declaraba que España tendría problemas con su legislación antidescargas. Estaba claro que ante intereses enfrentados la situación era difícil pero información es poder con lo que puede ser que la comisaria tuviera ya poder. Aún así, cada decisión en este sentido afecta al complejo del sector del entretenimiento; a todos sus profesionales y usuarios; y cualquier medida afectará colateralmente a varios factores.

Se invocan multitud de derechos: los derechos de propiedad intelectual, la libertad de expresión, el derecho de acceso a la cultura, derecho a la presunción de inocencia, derecho a la privacidad, a la seguridad, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión… La discusión sigue y más encendida que nunca. “El respeto al derecho ajeno es la paz” decía Benito Juárez pero ¿Dónde está el límite entre unos y otros? ¿Responderá el Gobierno a las presiones de los diferentes grupos? ¿Responderá adecuadamente? ¿Qué priorizará? ¿Y cómo quedará el anteproyecto?

Sólo unas líneas escritas apresuradamente, para poner a vuestra disposición el texto de las modificaciones a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) que se incluyen en el Proyecto de Ley de Economía Sostenible.

Dada nuestra trayectoria, huelga decir que damos la más cordial enhorabuena a que ¡¡¡por fin!!! se mueva algo en contra de la Piratería, y, sobre todo, de los negocios parasitarios, es decir, esos portales de Internet con apariencia de legalidad, que viven de proporcionar propiedades ajenas, mediante descarga o steaming, aunque esto requiere un post (o varios) aparte. Menos mal que tenemos a Obama para echarnos una mano, que si no, probablemente seguiríamos llorando a las puertas de los Ministerios ;-) ….

MOD LSSI POR LEY ECONOMIA SOSTENIBLE

¿Soy yo la única que tiene la sensación de que en España sólo se mueve la gente ”en contra” pero nunca “a favor”?

Cuando “Cineastas contra la Orden” ataca la legalidad de la Orden (lo que, por cierto, están en perfecto derecho de hacer), parece que la soledad del Ministerio es infinita, cuando curiosamente casi todo el sector ha estado de acuerdo con el contenido de la Orden.

Incluso parece necesario que se confirme en la prensa que no rodará la cabeza de Ignasi Guardans, y yo me pregunto ¿y por qué habría de ser destituido? ¿sólo porque un sector minoritario dentro del colectivo del cine opina que la Orden no se ajusta a Derecho?

Yo he hablado de este tema con mucha gente, y a todos nos parecía una buena iniciativa por parte del Ministerio, excepción hecha de la polémica en torno a la discriminación positiva, que es la única pega digna de mención que saco yo a la Orden, pero por defecto: ¿por qué sólo alcanza a las directoras y guionistas y no a las productoras? ¿es que las mujeres empresarias tenemos el pellejo suficientemente curtido como para no ser merecedoras de ayudas especiales?

Servidora se honra de pertenecer a una Productora formada por tres sociAs y debo decir que, si bien conozco notables mujeres directoras y guionistas, no tengo el gusto de conocer otra productora formada únicamente por mujeres, pero increíblemente no nos incluyen en la discrimación positiva…. ¡qué se le va a hacer!

En fin… ya que lo teníamos mal por la crisis, por ser empresa nueva (que no novatas), por los cambios en las televisiones, etc., ahora viene esta nueva incertidumbre….  A todo esto, quiero pensar que este “europollo” se organiza porque realmente los que reclaman creen que es una Orden contra legem, y no sólo por intereses personales, lo que sería bastante grave, ya que pueden causar graves perjuicios a mucha gente si el Ministerio no tiene cintura suficiente para arbitrar soluciones rápidas.

No me gustaría que nadie me tomara por pelota por, al menos, agradecer el esfuerzo del ICAA y de la Ministra por “mover” un poco las cosas, cambiar viejos esquemas, traer nuevas personas con aires nuevos… Y probablemente nadie me tomaría por pelota si hubiera más gente, de entre los muchísimos que piensan lo mismo, en lugar de dejarles tan “colgados” ¿no os parece?

WWW.THERIGHTSBUYER.COM

logo recortadoTodas las empresas tienen que pedir licencias sobre derechos en alguna ocasión. The Rights Buyer (“El comprador de derechos”) nace con vocación de ayudar a quienes tienen que pedir “unos derechos” y no saben ni por dónde empezar, situación frecuente.

 The Rights Buyer no se dirige sólo a empresas de publicidad, o productoras de cine o televisión, ya que TODOS elaboramos documentos corporativos, producimos o encargamos videos o materiales promocionales, editamos libros internos, colgamos contenidos en nuestra página web, etc., actividades para las que normalmente es necesario usar una imagen, un logo ajeno, un fondo musical…

¿Esto está protegido? ¿Tengo que pedir derechos? ¿A quién? ¿Pero… si la foto es de mi propiedad, por qué tengo que pagar por reproducirla? Y un largo etcétera de dudas… Hay que estar seguro de que se adquieren los derechos de quién realmente los tiene, si el precio es ajustado, si existen otras opciones más baratas para adquirir una licencia, o incluso puede ser gratuita; habrá que reflejar bien las condiciones de la licencia (territorio, plazo, medios, adaptaciones, etc.).

Al empleado a quien le “haya caído” tan incómoda tarea, se sentirá lógicamente inseguro, y le agobiará que por un mal desempeño de una tarea que no tiene por qué saber desarrollar, su empresa pueda ser demandada, o aún peor, si es un trabajo para un cliente y la reclamación va contra este (p.ej. empresas publicitarias).

El mercado necesita una empresa que preste estos servicios de manera especializada y con un PRECIO CERRADO, ya que, en otro caso, la facturación “por horas” hará imposible el proyecto, siendo incluso un encargo embarazoso para un Abogado, quien muchas veces preferirá referirlo a una empresa especializada. The Rights Buyer trabaja con TRANSPARENCIA en precios, y pago por pay-pal.

Además, TODAS LAS LICENCIAS son revisadas por Abogados expertos en propiedad intelectual del Despacho Jurídico Legalarte (www.legalarte.es). El funcionamiento para la venta de derechos es idéntico.

The Rights Buyer nace con una clara VOCACIÓN GLOBAL, ya que el licenciamiento se produce la mayoría de las veces en un mercado mundial, estando comprador y vendedor en distintos países o continentes.

Los días 29 y 30 de octubre tuvo lugar en el Auditorio del Ministerio de Cultura la “Conferencia internacional sobre propiedad intelectual y patrimonio cultural en el entorno digital”, organizada por el Ministerio de Cultura y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, y que, en palabras de la propia organización “tiene como objet ivo analizar, desde la perspect iva de la propiedad intelectual, las diversas posibilidades que las nuevas tecnologías brindan a las instituciones culturales, para la preservación, digitalización y accesibilidad de sus fondos.”

Resultó realmente excelente la selección de ponentes y temas. Se puede consultar el programa en http://www.mcu.es/propiedadInt/, y al parecer en breve estarán las ponencias a disposición del público en la misma página web del Ministerio de Cultura.

Fue especialmente gratificante la franqueza de algunas exposiciones, como la de Doña Milagros del Corral (Biblioteca Nacional de España), persona capaz y resolutiva, profundamente conocedora de su cometido y generosa comunicadora. Es gratificante que la figura de la Directora de la BNE haya pasado, con el cambio de personas, de causar perplejidad a transmitir tranquilidad ;-) .

Para mí tuvo gran interés la exposición sobre las líneas de investigación de la OMPI, y sobre todo, la ponencia de acerca de la protección del Conocimiento Tradicional (TK – Traditional Knowdledge) y de las Expresiones Tradicionales de Cultura/Floklore (TCEs – Traditional Cultural Expressions/Folklore). La verdad es que no tenía mucha idea de lo avanzada que estaba esta inciativa. Podéis juzgarlo vosotros mismos en  http://www.wipo.int/tk/en. El siguiente blog contiene mucha información actualizada sobre el tema: http://tkbulletin.wordpress.com/.

En fin….conocimientos y ponentes de primera división y….. ¡¡gratis total!!. A veces no nos damos cuenta de la cantidad de accesos culturales de primer nivel de los que disfrutamos gratuitamente en España, y, ya que protestamos cuando algo no nos gusta, creo que ahora toca dar las gracias a la OMPI y al Ministerio de Cultura, porque ya se sabe aquello de “Lo bueno, si gratis, dos veces bueno” (….era algo así ¿no? :-DD).

Esta mañana se celebró en las instalaciones de ESADE la Jornada “Parasites Businesspromovida por La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, y con la colaboración de la CoPeerRight Agency, compañía de actividad internacional en el seguimiento de los derechos propiedad del autor.

La jornada comenzó con la proyección de un vídeo didáctico sobre cómo funciona el negocio de las web piratas y de dónde obtienen los ingresos. El vídeo, conciso y muy claro, exponía la realidad del funcionamiento de las diferentes web piratas desvelando la otra cara de la moneda de estos sitios: daba luz sobre el entramado operacional de su actividad y del beneficio que ésta genera a unos nuevos agentes que son quienes se benefician de la industria de contenidos.

Seguidamente, Romina González directora de la CopeerRight Agency, expuso el “Informe Parasites Business: Estudio del verdadero negocio de los parásitos en Internet”. Explicó detalladamente cómo al amparo de los vacíos legales existentes en España, las web pirata han desarrollado un modelo de negocio que genera unos considerables ingresos en detrimento de la industria cultural. Si bien algunas aportaciones podrían ser objeto de debate, no cabe duda de que existen unas páginas web que gestionan contenidos creativos ajenos en beneficio propio.

De esta forma explicó cómo las tecnologías p2p, el streaming y la descarga directa se han posicionado generando un tráfico ilegal de obras protegidas no antes conocido en España. Observadora de la evolución de la piratería en España, defendió su preocupante crecimiento y explicó la sostenibilidad de este discreto e ilegal, aunque público y aceptado, modelo de negocios: mediante impresiones de publicidad gestionada por agencias especializadas (veocine.com), mailing mediante el necesario registro que permite la descarga (descarga.com) o bien la suscripción que mejora la calidad del visionado en streaming (Megaupload con su servicio premium). Sirviendo estos sitios de modelo, expuso el funcionamiento de la cadena que sirve a esta industria parasitaria de la industria cultural.

Aldo Olcese, Presidente de la Coalición, manifestó su optimismo y confianza en la medida del Gobierno al acordar la creación de una nueva Comisión Interministerial para abordar las medidas necesarias contra la piratería (post anterior). A pesar de los anteriores y fallidos intentos, Olcese cree que esta vez el Gobierno ha reconocido su compromiso de lucha contra la vulneración de la Propiedad Intelectual en Internet. Ante esta iniciativa desvelaron la estrategia de la Coalición y su primera contribución a la Comisión: poner a disposición de las autoridades, y en concreto del Ministerio de Industria, una lista de 200 páginas web piratas que obtiene beneficios con el tráfico de obras ajenas y protegidas.


Estas páginas web han sido elegidas para este estudio llevado a cabo por la Coalición en colaboración con la Agencia CoPeerRight por su visibilidad en el mercado local, por su destacable popularidad y actividad y por ser “creadoras” de archivos susceptibles de descarga de contenidos protegidos según calendario local. La idea es que al amparo de la única regulación que puede surgir algún efecto, la LSSI, se les pueda abrir expediente que se remita a Fiscalía para que tome las medidas adecuadas.

Insistiendo enérgicamente en que, al margen de otras publicidades con diferentes intereses, la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos no actúa contra los usuario sino contra aquéllos beneficiados por esta industria encubierta, sostuvieron que la estrategia era la medida óptima para ser un remedio legal y democrático para ayudar a la difícil situación de la industria de contenidos.

Esta mañana la COALICIÓN DE CREADORES E INDUSTRIAS DE CONTENIDOS ha presentado un excelente informe que detalla de manera muy completa y didáctica el negocio de los PARASITES BUSINESS o negocio de los parásitos de Internet, que ya muchos tenemos el dudoso honor de conocer al detalle: se trata de aquellos delincuentes que basan su oferta empresarial en la apropiación descarada del trabajo y la propiedad empresarial ajenos, que ofrecen a terceros usuarios obteniendo un lucro importante por diferentes vías: anunciantes, suscriptores, SMS de pago, etc.

Es increíble cómo puede estar sucediendo esto con completa impunidad y teniendo muchas veces perfectamente localizados a todos los implicados, que ante la pasividad de los poderes del Estado, ni se molestan en ocultar su identidad.

Desde el acertado fichaje para la COALICIÓN de Aldo Olcese, un hombre de valía realmente fuera de lo común (además de extraordinario comunicador), parece que las cosas van bien encaminadas.

Aldo Olcese insiste en que el usuario es “EL SEÑOR CLIENTE”, y prescinde de todo tipo de persecución sobre usuarios, penal, administrativa o técnica. La acción se dirige contra esos parásitos que están robando el valor añadido por otros, autores e industrias, y terminando en beneficio propio y personal con un sector que supone el 5% del PIB.

La COALICIÓN va a entregar al Ministerio de Industria un listado de 200 de estos parásitos, perfectamente identificados, con el fin de que se inicien las acciones legales precisas contra ellos. Es un excelente camino, sí señor, siempre y cuando los poderes públicos realmente apliquen la Ley.

Toda ayuda es poca ante un asunto tan preocupante, y en este sentido, bienvenida sea la del hombre de moda, el Presidente de los EE.UU., pero… ¿para cuándo los anunciantes vetarán esos websites parasitarios? ¿dónde está la responsabilidad social exigible a quien coopera económicamente comprando espacios publicitarios a estos delincuentes?

Si me resulta posible, espero poder publicar pronto la lista de los 200 parásitos, o sea, el “top-ten” de la piratería en España.

Se aprueba en el Consejo de Ministros la creación de la Comisión Interministerial para impulsar la lucha contra la vulneración de la Propiedad Intelectual en Internet

El viernes 9 de octubre y un año más tarde de que se hubiera anunciado, el Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se crea la Comisión Interministerial de Trabajo para el asesoramiento en la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en Internet. Dicha comisión estará formada, en principio, por representantes de los Ministerios de Justicia, Industria, Interior y Cultura.

Las negociaciones entre las telecos y la industria de contenidos para buscar una postura común en la lucha contra la descarga de contenidos protegidos no prosperaban y se pedía desde antes del verano que el Gobierno mediase o participase para avanzar con las propuestas. Se le había pedido al Ejecutivo y en especial al Ministerio de Industria. A pesar de que en con esta misma misión ya se creó la Comisión Intersectorial contra la Piratería, dependiente del Ministerio de Cultura, ésta se ha centrado en realizar campañas de sensibilización entre los usuarios.

La nueva comisión se centrará en diseñar un marco legal y mejorar la acción judicial en vía civil y penal como principal medio para la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en el intercambio de archivos en Internet.

Los Ministerios que componen la Comisión elevarán conjuntamente al Consejo de Ministros las propuestas que correspondan, de acuerdo con las primeras conclusiones de la Comisión, antes del día 31 de diciembre de 2009.

No sé si todos estáis tan indignados como yo con la extorsión impositiva del Ayuntamiento de Madrid. El IBI ha subido más de un 20%, y además se inventan una nueva tasa. Yo no encuentro nada parecido desde la época de Juan sin Tierra, con el Sherrif de Nothingham como recaudador ejecutivo.

Me han hecho llegar un modelo de recurso que, una vez leído, y si bien esta no es mi especialidad, creo que es más que correcto. Yo lo voy a presentar en mi propio nombre, y lo quiero compartir con todos vosostros, para que podáis recurrir esa tasa inconstitucional impuesta por el Ayuntamiento de Madrid.

No, si tenía yo UNA CORAZONADA de que iba a pasar esto… y para Madrid 2020, ¿quién sabe? ….SOCORRO….

Aquí tenéis el modeloy que la Fuerza os acompañe.

Tasa Basuras- Reclamación Ag. Trib. Mad. 28-S2009

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